INSTRUCTIVO ARI
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1.     Solo para asalariados (las personas naturales que reciben ingresos diferentes a asalariados les corresponde es hacer estimada de ISLR a partir del 30/06/2016 si su enriquecimiento neto en la declaración definitiva de ISLR 2015 es mayor a 1500 UT)

2.     Coloca el monto de ingreso que estimas percibir en el 2016 (sueldo, vacaciones, utilidades, con la reforma de la LEY ISLR 2014 se considera ingreso todo lo percibido de forma regular o accidental, si tu patrón no te ha entregado tu ARC 2015, puedes conocer tu ingreso anual 2015 sumando todos tus recibos de pagos (el neto antes de los descuentos es decir sumar las asignaciones sin restar las deducciones), recuerda no incluir los pagos de viáticos ni tampoco de caja de ahorro)

3.     Coloca la carga familiar que tienes (solo ascendentes y descendentes directos)

4.     El resultado será tu % de retención de ISLR que te hará la empresa desde el 30/01/2016 al 31/12/2016, y será considerado un anticipo de impuesto para tu próxima declaración de ISLR 2016 la cual te corresponde para el año 2017, imprime la planilla y llévala al departamento de recursos humanos de la empresa donde trabajas.

5.     Si no presentas esta declaración a la empresa antes del 15/01/2016, tu patrón podrá realizarte la declaración ARI sin considerar tu carga familiar lo que implica un mayor % de retención de ISLR.


6.     Cuando aumente la unidad tributaria en febrero recuerda volver a presentar tu ARI  con la nueva unidad tributaria para que tu % de retención sea menor.




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